Sistema electoral
Glosario electoral: 29 términos de las elecciones generales explicados en claro
Los términos que se repiten en las noticias electorales, explicados de forma sencilla y agrupados por temas: reparto de escaños, votos, censo, campaña y después de la votación.
El lenguaje electoral está lleno de términos que se usan a diario en las noticias sin explicarse. Aquí tienes los más habituales en las elecciones generales, ordenados por temas y con enlaces a lo que se explica con más detalle en otras páginas.
1. Cómo se reparten los escaños
- Escaño
- Cada uno de los 350 puestos de diputado del Congreso. «Escaños» y «diputados» se usan como sinónimos.
- Circunscripción
- Territorio en el que se hace cada reparto de escaños. En las elecciones generales al Congreso, cada una de las 50 provincias, más Ceuta y Melilla. No hay un reparto nacional: los escaños se reparten provincia a provincia.
- Escaños mínimos por provincia
- La Constitución asigna un mínimo inicial de dos diputados a cada provincia (uno a Ceuta y otro a Melilla) y distribuye el resto en proporción a la población. Por eso las provincias pequeñas tienen proporcionalmente más escaños que las grandes.
- Ley d'Hondt
- Fórmula con la que se reparten los escaños de cada provincia: los votos de cada candidatura se dividen entre 1, 2, 3… y los escaños corresponden a los cocientes más altos. Explicada paso a paso con un ejemplo real.
- Barrera electoral (umbral del 3 %)
- Solo participan en el reparto de una provincia las candidaturas que consiguen al menos el 3 % de los votos válidos de esa circunscripción, contando los votos en blanco.
- Lista cerrada y bloqueada
- El elector vota una lista completa, con los candidatos en el orden fijado por el partido; no puede cambiar el orden ni elegir nombres sueltos. Los escaños de cada lista se asignan siguiendo ese orden.
- Votos sin escaño
- Votos a candidaturas que no obtienen ningún diputado en su provincia. Cuántos fueron en 2023 y de qué depende.
2. Los votos
- Voto válido
- El que se dirige a una candidatura o es voto en blanco. Los porcentajes de los resultados se calculan normalmente sobre los votos válidos.
- Voto en blanco
- Voto válido que no apoya a ninguna candidatura: sobre vacío o sin papeleta de ninguna lista. Cuenta en el total de votos válidos.
- Voto nulo
- Voto no válido: papeleta no oficial, con tachaduras o añadidos, o sobre con papeletas de candidaturas distintas. No cuenta para los porcentajes.
- Abstención
- Los electores del censo que no votan. Es lo contrario de la participación. La participación desde 1977.
- Participación
- Porcentaje de electores del censo que han votado. En esta web, al comparar municipios se usa la de los residentes en España.
3. Quién puede votar y cómo
- Censo electoral
- Lista oficial de las personas con derecho a voto, que elabora la Oficina del Censo Electoral. Cómo consultar si estás inscrito y dónde te toca votar se explica en la guía para votar.
- CERA
- Censo de Electores Residentes Ausentes: los españoles inscritos como residentes en el extranjero. Su participación y qué cambió en 2022.
- ERTA
- Elector residente en España y temporalmente ausente, por ejemplo por un Erasmus o un trabajo de unos meses en el extranjero. Tiene un procedimiento y un plazo propios para pedir el voto.
- Voto por correo
- Votar sin ir al colegio: se pide en Correos, se recibe la documentación y se envía el voto por correo certificado. Paso a paso.
- Voto rogado
- Nombre del sistema por el que los residentes en el extranjero tenían que pedir el voto con antelación. Se eliminó con la reforma de 2022.
- Mesa electoral
- Grupo de ciudadanos, elegidos por sorteo, que preside la votación en cada colegio, vigila el recuento y levanta el acta. Qué hace y cómo excusarse.
4. Antes y durante la votación
- Campaña electoral
- Periodo de 15 días en el que las candidaturas piden el voto. Termina a las 0:00 del día anterior a la votación.
- Jornada de reflexión
- El día anterior a la votación, sin campaña. En estas elecciones, el 28 de noviembre.
- Veda de encuestas
- Durante los cinco días previos a la votación está prohibido publicar sondeos de intención de voto (artículo 69.7 de la ley electoral). Por eso esta web oculta las encuestas del 24 de noviembre hasta el cierre de los colegios del 29.
- Junta Electoral
- Órgano que vela por la transparencia y la objetividad del proceso: resuelve reclamaciones, proclama candidaturas y resultados. Hay Juntas de Zona, Provinciales y la Central.
- Candidatura proclamada
- Lista que ha cumplido los requisitos legales y puede presentarse oficialmente en cada circunscripción.
5. Después de la votación
- Escrutinio
- Recuento de los votos. El de cada mesa se hace al cerrar el colegio; el escrutinio general, ya oficial, lo realizan las Juntas Electorales unos días después.
- Resultado provisional y definitivo
- Los datos de la noche electoral son provisionales; los definitivos son los del escrutinio general. Pueden variar levemente.
- Mayoría absoluta y mayoría simple
- La absoluta son 176 diputados (la mitad más uno de 350); la simple, más votos a favor que en contra. Cuándo se necesita cada una.
- Investidura
- Votación del Congreso en la que un candidato pide la confianza de la Cámara para ser presidente del Gobierno.
- Gobierno en funciones
- El Gobierno que continúa trabajando tras las elecciones hasta que toma posesión el nuevo.
- Disolución de las Cortes
- Decisión del Rey, a propuesta del presidente del Gobierno, que pone fin a la legislatura y convoca elecciones.
Si echas en falta algún término, escríbenos a [email protected].
Preguntas frecuentes
¿El voto en blanco cuenta como voto válido?
Sí. Es un voto válido que no se dirige a ninguna candidatura. Cuenta para calcular el porcentaje que hay que superar para entrar en el reparto de escaños.
¿Qué diferencia hay entre voto en blanco y voto nulo?
El voto en blanco es válido (sobre vacío o sin papeleta de ninguna candidatura). El nulo no cuenta como válido: por ejemplo, una papeleta que no es la oficial, con tachaduras o enmiendas, o un sobre con papeletas de candidaturas distintas.
¿Cuántos diputados elige cada provincia?
Dos como mínimo inicial por provincia (Ceuta y Melilla, uno cada una) y el resto, hasta 350, en proporción a su población. Para 2026 el reparto por provincias está en el Real Decreto 806/2026.
¿Qué es la jornada de reflexión?
El día anterior a la votación, cuando ya ha terminado la campaña electoral. En estas elecciones es el 28 de noviembre.
Fuentes
- Constitución Española, artículos 68 y 99-101: BOE.
- Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG): texto consolidado en el BOE.
- Ministerio del Interior, Infoelectoral.
Todas las cifras de votomunicipal.es proceden de los resultados oficiales del Ministerio del Interior; cómo se calculan, en Metodología, y los datos, en Datos abiertos. ¿Has visto un error? Escribe a [email protected].